Asesoramiento después del divorcio:
cuando el otro no cumple, nosotros actuamos
El divorcio no siempre cierra todos los capítulos. A veces, lo difícil empieza después: cuando una de
las partes no cumple lo que estableció la sentencia. Impago de pensiones, problemas con el régimen
de visitas, desacuerdos sobre gastos… En estas situaciones, no estás solo/a.
Desde mi despacho te acompañamos para hacer cumplir lo que por ley te corresponde, a través de
los procedimientos de ejecución de sentencia, tanto para reclamar cantidades económicas como
para hacer valer derechos personales, especialmente cuando hay hijos menores.
TRABAJO CONJUNTO
¡Trabajamos con usted para encontrar las mejores soluciones para sus retos y desafíos!
01
¿Tu ex pareja ha dejado de pagar lo que debe?
Pensión de alimentos, pensión compensatoria, hipoteca, gastos de comunidad, IBI… Si ha incumplido alguna obligación económica, podemos iniciar una ejecución dineraria para recuperar tu dinero, con intereses, costas y posibles multas coercitivas. En casos de impago reiterado, se puede solicitar incluso la retención de salario o pensión.
En las situaciones más graves, el impago puede constituir delito y ser perseguido por la vía penal,
con penas de prisión o multa.
02
¿No se respeta el régimen de visitas o la custodia?
Cuando uno de los progenitores obstaculiza el contacto con los hijos o incumple reiteradamente lo pactado o establecido judicialmente, puede interponerse una demanda ejecutiva. Incluso puede pedirse la modificación del régimen actual si hay incumplimientos continuados.
Y si lo que hay es desacuerdo en decisiones importantes (elección de colegio, traslado, tratamientos médicos…), se puede acudir al juzgado para que autorice lo que sea mejor para el menor, defendiendo siempre su bienestar por encima de todo.
03
¿Problemas con el uso de la vivienda o su venta?
Si no se respeta el uso atribuido del domicilio familiar, se puede solicitar el lanzamiento judicial
del ocupante. Si se pactó una venta en el convenio y no se cumple, podemos reclamar judicialmente que se ejecute el acuerdo. Y si hay ocupación exclusiva de un inmueble común, el otro propietario tiene derecho a ser compensado económicamente.
04
Y si hay gastos no previstos: también se pueden reclamar
Los gastos extraordinarios (médicos, educativos, etc.) no siempre están contemplados en la
pensión. Si no fueron previstos, pediremos al juzgado que los reconozca como tales antes de poder reclamarlos por vía ejecutiva. Te acompañamos también en este trámite, paso a paso.
Después de un divorcio, la vida sigue… y cambia.
Nuevas circunstancias laborales, cambios en los ingresos, mudanzas, nuevas relaciones, problemas de salud o necesidades distintas pueden hacer que lo que ayer era justo, hoy ya no lo sea.
En esos casos, es posible —y necesario— adaptar las medidas acordadas o impuestas por el juzgado a la nueva situación.
Las medidas definitivas (como pensiones, régimen de visitas, uso del domicilio, entre otras) no están escritas en piedra. La ley permite su modificación cuando se producen cambios relevantes, estables y no buscados voluntariamente. Porque sería injusto mantener decisiones pasadas que ya no responden a la realidad actual.
Ya sea por acuerdo entre las partes o por vía judicial, desde mi despacho te asesoro con cercanía, claridad y firmeza para conseguir una modificación que se ajuste a tus nuevas circunstancias y proteja el bienestar de quienes más importan: tú y tu familia.